Si has alquilado una vivienda o un local te habrás encontrado con estos términos, pues en todo contrato de alquiler debe haber al menos un arrendador y un arrendatario con derechos y obligaciones distintas.

arrendador o arrendatario
¿Eres Arrendador o Arrendatario?

¿Qué personas pueden intervenir en el contrato de arrendamiento?

En un contrato de arrendamiento las figuras principales y necesarias son el arrendador y el arrendatario, pero no son las únicas.

Además pueden intervenir otras figuras como por ejemplo el avalista.

Tanto el arrendador como el arrendatario pueden ser personas físicas o jurídicas.

Son personas jurídicas, por ejemplo, las sociedades anónimas, sociedades limitadas y las comunidades de bienes.

ARRENDADOR:

Es el titular del derecho de uso y disfrute del inmueble, al que coloquialmente se le conoce como “el casero”

El arrendador es el que cede la posesión de su inmueble al arrendatario a cambio del cobro de una renta.

Debes tener en cuenta que el arrendador puede ser el propietario de la vivienda o el usufructuario (titular del derecho de uso).

Es importante en que término firma el contrato el arrendador, pues los derechos del arrendatario se pueden ver limitados en caso de que sea usufructuario, sobre todo en la duración del contrato.

ARRENDATARIO:

Es quien va a utilizar el uso y disfrute del inmueble a cambio de pagar una renta al arrendador. También es llamado “inquilino”.

Al igual que el arrendador tiene sus derechos y sus obligaciones que explicaremos en detalle en próximos artículos.

En ocasiones el arrendador para garantizarse el cobro de los alquileres y el buen cumplimiento del contrato pide al arrendatario otros tipos de garantías tales como un aval bancario, un seguro de impago o bien un avalista.

AVALISTA:

Es el conocido como fiador: Será la persona física o jurídica que garantizará el buen cumplimiento de las obligaciones del contrato por parte del arrendatario.

En el caso de que el arrendatario no cumpla con sus obligaciones, el arrendador podrá exigir al avalista para que éste las cumpla.  Responde solidariamente ante cualquier impago de la renta, suministro, desperfecto de la vivienda, etc…

El aval finalizará cuando se extinga el contrato y hay que tener en cuenta que no finaliza con el fallecimiento del avalista.  La obligación del aval se transmite junto con los derechos y obligaciones a sus herederos.

¿Eres arrendador o arrendatario?

Si la respuesta es sí o estás buscando un inmueble para alquilar cuenta con nosotros.

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