El miércoles 8 de junio de 2022 se abrió la convocatoria para poder acceder al Bono alquiler joven 2022 de la Comunidad Valenciana.
Se trata de una ayuda para que pagues el alquiler de tu vivienda de 250 euros al mes.
Siempre que reúnas los requisitos que te explicamos a continuación y que te concedan el bono de ayuda al alquiler joven, te pagarán la prestación con carácter retroactivo, es decir, vas a cobrar lo atrasado desde enero de 2022.
En este blog te explicamos:
- Hasta cuándo puedes pedir el bono joven
- Cómo solicitar el bono joven
- Qué requisitos debes cumplir para que te lo concedan
- Qué documentación debes aportar
- Y dónde debes presentarlo
¿Hasta cuándo se puede solicitar la ayuda?
Hasta el día 31-10-2022
¿Qué finalidad tienen estas ayudas?
Son ayudas directas a las personas jóvenes arrendatarias o cesionarias con escasos medios económicos para el alquiler o cesión de uso de su vivienda o habitación habitual y permanente de las mensualidades pagadas desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.
La vivienda alquilada debe encontrarse en la Comunidad Valenciana.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Todas las personas físicas mayores de edad que tengan hasta 35 años, incluida la edad de 35 años, en el momento de solicitar lo ayuda que cumplan los requisitos exigidos en la Orden de bases, que verás a continuación.
Requisitos que debes cumplir
a) Ser mayor de edad y tener hasta 35 años, incluida la edad de 35 años, en el momento de solicitar lo ayuda.
b) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarios tendrán que encontrarse en situación de estancia o residencia regular en España.
c) Tener un contrato de arrendamiento o cesión de uso de la vivienda o habitación, o estar en condiciones de suscribirlo. En este caso deberá suscribirlo en el plazo máximo de 2 meses desde que se concede la ayuda.
d) La vivienda o habitación arrendada tendrá que ser la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria. Esto deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento.
e) El alquiler o la cesión de la vivienda debe ser igual o menor de los importes que se establecen en el cuadro que se inserta a continuación:
Accede al listado de las poblaciones para saber en qué Ámbito territorial de precio máximo superior (ATPMS) se encuentra tu población o ciudad.
Denia se encuentra en la ATPMS – C-1
por tanto el alquiler máximo será
550 € para el alquiler de vivienda completa
y 200 € para el alquiler de una habitación
f.- Que en ningún caso y en ninguna mensualidad, la suma de las ayudas recibidas por las personas jóvenes que convivan en la vivienda supere el importe de la renta o precio de cesión.
Documentación general a aportar:
- Copia completa del contrato de arrendamiento formalizado según la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos, o de cesión de uso de la vivienda, en vigor; o copia del contrato de alquiler o uso de la habitación, en su caso.
El documento deberá estar firmado por el arrendador y el arrendatario en todas sus páginas. Deberá constar expresamente el importe del alquiler o precio de cesión, así como el medio y forma de pago a la arrendadora o cesionaria. En caso de existir más de un contrato consecutivo en el período subvencionable, se aportarán todos ellos.
- Referencia catastral de la vivienda individualizada. En el caso de que no existiera la referencia catastral individualizada de la vivienda arrendada o cedida o donde se localice la habitación sujeta a alquiler o cesión, la persona solicitante deberá aportar certificado emitido por la Gerencia Territorial del Catastro o la referencia catastral del suelo o de la finca en que se halla la vivienda, complementados, en su caso, con la información adicional necesaria que permita verificar la identificación de la vivienda.
- En el caso de alquiler o cesión de uso de habitación. Nota simple expedida por el Registro de la Propiedad acreditativa de la propiedad y descripción de la vivienda donde conste el número de habitaciones existentes.
- Certificado o Volante único de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o en la que se ubique la habitación objeto de arrendamiento o cesión. El documento deberá ser único por vivienda, incluyendo a todas las personas que figuren empadronadas en la misma en la fecha de la solicitud, y será de necesaria aportación por el peticionario de la ayuda.
- Certificado de vida laboral que acredite disponer al menos de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual.
- Documentación acreditativa del pago de la renta de alquiler o precio de la cesión correspondientes a las mensualidades de alquiler abonadas con posterioridad a 1 de enero de 2022 hasta la fecha en la que se solicita la ayuda. Salvo que el contrato tuviera una vigencia de menor plazo, en cuyo caso se acreditará el pago desde el inicio del contrato. La presentación de estos recibos junto con la solicitud es obligatoria
¿Cómo y dónde solicitarlo?
El Bono Joven para el alquiler lo podéis solicitar online o presencialmente
* Para realizarlo Online podéis acceder desde este enlace: bonojove.gva.es
*** Con certificado digital: Aquí
*** Sin certificado digital: Aquí
* De forma presencial con cita previa: En las oficinas locales de vivienda o de juventud.
Cartel Bono Joven Alquiler 2022 Comunidad Valenciana
Si vas a solicitar la ayuda debes tener en cuenta que debido a la alta demanda de las mismas, los bonos al alquiler joven se conceden por orden de solicitud y hasta que se agote el presupuesto.
Y por si te ha quedado alguna duda, te adjuntamos un vídeo de la Jornada formativa del Bono Alquiler Joven 2022 de la Comunidad Valenciana. En el se explica al detalle lo que se debe hacer y todo lo relacionado con la documentación a presentar, errores comunes y como subsanarlos.
¡¡¡ A por ello ¡¡¡
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